Resumen del Artículo Disposición adicional primera

Artículo Disposición adicional primera del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (codigo) — Disposición adicional primera. Actuaciones urbanizadoras. Forman parte de las operaciones de reparcelación para el cumplimiento de los principios de justa o equitativa distribución de beneficios y cargas y de participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera

Disposición adicional primera. Actuaciones urbanizadoras.

Forman parte de las operaciones de reparcelación para el cumplimiento de los principios de justa o equitativa distribución de beneficios y cargas y de participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción pública urbanística, siéndoles de aplicación todas las disposiciones relativas a la reparcelación, incluidas, en su caso, las de carácter fiscal que contemple la legislación correspondiente:

a) Las aportaciones de fincas o parcelas originarias sin urbanizar que hagan sus propietarios a los agentes urbanizadores y las agrupaciones de interés urbanístico constituidas en los términos de esta Ley para el desarrollo de la actividad de ejecución de la ordenación urbanística.

b) La obtención por los propietarios a que se refiere la letra anterior de solares resultantes de la ejecución de la ordenación urbanística como consecuencia de las aportaciones realizadas a la misma.

c) La obtención por la Administración actuante del suelo o de la cantidad en metálico equivalente a su valor que proceda por las cesiones establecidas en esta Ley o convenidas en aplicación de la misma.

Norma publicada: 28 de febrero de 2023

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional primera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional primera del codigo?

Disposición adicional primera. Actuaciones urbanizadoras. Forman parte de las operaciones de reparcelación para el cumplimiento de los principios de justa o equitativa distribución de beneficios y…

¿El Artículo Disposición adicional primera del codigo está vigente?

El artículo Disposición adicional primera del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional primera dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional primera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.